Si no manifestamos nuestro deseo de acogernos a otro régimen, automáticamente se adquiere éste.
Este sistema de administración económica determina que será el marido quien disponga de los bienes de ambos, sin tener que rendir cuenta de su gestión, salvo para vender, arrendar o hipotecar los bienes raíces que se posean en común, para lo cual necesita la autorización de la esposa.
Bajo este régimen se prohíbe que los esposos celebren juntos sociedades comerciales, permutas, arriendos, contratos de trabajo, etc.
La mujer puede administrar con plenas facultades, y sin el consentimiento del marido, los bienes que sean producto de su trabajo. Esto sólo si se hace una previa declaración que deje constancia – en base al artículo N° 150 de Patrimonio- del oficio o profesión y de la propia administración de los bienes. Sin embargo, es importante saber que al término del matrimonio se debe optar por quedarse con estas ganancias, o el 50% de todo lo generado en el matrimonio, donde también se incluyen las deudas de ambos.
PARTICIPACION EN LOS GANANCIALES
Se pacta al momento del enlace o durante éste, y sólo puede cambiarse por el régimen de Separación de Bienes.
Es necesario que cuando se contraiga el vínculo, cada cónyuge haga un inventario simple de sus bienes y le asigne un valor monetario, el que deberá ser protocolizado por el Oficial Civil. Asimismo, se debe llevar un control de tipo contable de los bienes adquiridos a lo largo del matrimonio.
Si termina el vínculo, se hace un nuevo inventario con los bienes que se han generado durante la unión, y quien tenga mayor cantidad debe entregar el 50% al otro, es decir, la diferencia entre el patrimonio original y el final.
SEPARACION TOTAL DE BIENES
Cuando se acude al Registro Civil, se debe expresar el deseo de casarse bajo este régimen, y sólo puede cambiarse por el de Participación en los Gananciales.
Cada uno conserva el dominio de los bienes que poseía antes de casarse y de los adquiridos durante el matrimonio, con la facultad de administración con total independencia.
Si termina el matrimonio, el que no trabaje o posea menos bienes, se verá desfavorecido, incluso frente a los hijos.
Benjamín Fortuny P.
CEO FastChef Ltda.









